lunes, 12 de marzo de 2018

LA OPOSICIÓN QUIERE INTERPELAR AL INTENDENTE ZURRO.


Lo ocurrido el pasado fin de semana en el inicio de la Fiesta de la Moto en Pehuajó, la que fue finalmente suspendida luego de que en el marco de una picada realizada en uno de los accesos de la ciudad perdiera la vida un adolescente, hizo que la oposición de ese distrito impulsara por distintas vías una interpelación al Intendente Municipal Pablo Zurro.
En materia de tránsito las advertencias de la oposición se vinieron sucediendo a lo largo de los últimos años. Entre otras iniciativas el Ejecutivo Municipal rechazó en el ámbito del Concejo Deliberante la declaración de emergencia vial que se propuso reiteradamente, como así también cualquier otra iniciativa que buscara mejorar el tránsito.
Finalmente en las primeras horas de esta semana, y ante una comunidad consternada por lo ocurrido el fin de semana anterior, la oposición con la firma de concejales de Cambiemos y del Frente Renovador-Una impulsó por dos vías independientes, una solicitud de informes completa con pedido de interpelación al intendente Zurro.
Por un lado se presentó en el HCD un proyecto de Decreto pidiendo dicha interpelación acompañado por un pedido de sesión extraordinaria para esta misma semana. Paralelamente y por Mesa de Entradas del Municipio de Pehuajó se inició un pedido de informes que también incluye la interpelación bajo la Ley de Procedimiento Administrativo de la Provincia de Buenos Aires, con pedido de Pronto Despacho y la posterior posibilidad de recurrir a la vía judicial bajo la figura del Amparo por Mora y Habeas Data. También el pedido se ampara en la Ley de Acceso a la Información Pública, que garantiza a los ciudadanos en este caso la posibilidad de saber qué tipo de operativo preventivo se había previsto, solicitar las filmaciones de las cámaras de monitoreo dado que el incidente que terminó con la vida del adolescente ocurrió en un sector monitoreado, y la concurrencia del titular del Ejecutivo Municipal y los funcionarios involucrados para brindar las respuestas del caso. Los vecinos denuncian, y los videos que circularon por las redes lo avalan, que todo ocurrió ante la presencia policial, la que en ningún momento buscó disuadir la realización de las picadas en pleno acceso a la ciudad.
Andrea Lluch
Secretaria

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DECRETO INTERPELACIÓN

Visto:
Los acontecimientos ocurridos en día sábado a la madrugada en el marco de la Fiesta de la Moto y los reiterados pedidos de informe al Sr. Intendente Municipal; y
Considerando:
Que un menor de edad perdió su vida a raíz de un accidente fuera del predio del Club Estudiantes Unidos, lugar donde se realizaba el encuentro de motos.
Que durante esa noche se originaron más accidentes, pero ninguno dentro del Club, lo que significa que la seguridad estaba a cargo del municipio.
Que desde este cuerpo han sido muchos los pedidos de informes y Concejos en Comisión con respecto al tránsito y accidentes en la ciudad de Pehuajó, informes que no fueron aprobados o contestados por parte del Departamento Ejecutivo.
Que no resultan cuestiones menores a los intereses de la población la temática que pretendemos profundizar con el Sr. Intendente Municipal ante los ediles como es el tema transito
Que ha sido, y lo es en la actualidad, una permanente preocupación de este H.C.D. preservar la institucionalidad de las Instituciones de Gobierno.
Que la negativa a responder pedidos de informes a este H.C.D. por parte del Sr. Intendente no sólo atenta contra las Instituciones Republicanas sino que, además, incrementa la desconfianza de los gobernados para con sus representantes.
Que el art. 108 inc. 7 de la Ley Orgánica de las Municipalidades prescribe:"Constituyen atribuciones y deberes en general del Departamento Ejecutivo:…7.-Concurrir personalmente, o por intermedio del secretario o secretarios de la intendencia, a las Sesiones del Concejo cuando lo juzgue oportuno, o sea llamado por Decreto del Cuerpo, con una antelación de cinco (5) días para suministrar informes. El Intendente podrá tomar parte en los debates, pero no votar. La falta de concurrencia del Intendente ó Secretarios cuando haya sido requerida su presencia por Decreto, o la negativa de ellos a suministrar la información solicitada por dicho Cuerpo, será considerada falta grave".

Por todo lo expuesto los Concejales del H.C.D. de Pehuajó proponen para su tratamiento y aprobación el siguiente proyecto de:
DECRETO
Artículo 1º - El H.C.D. de Pehuajó, reunido en sesión extraordinaria, y en consonancia con lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Municipalidades, convoca para el día 21 de marzo , al Sr. Intendente Municipal, Pablo Javier Zurro, a fin de ser interpelado por el Cuerpo.
Artículo 2º - De forma.

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PEDIDO DE EXTRAORDINARIA INTERPELACIÓN

Pehuajó, 12 de Marzo de 2018.-

Presidente Honorable Concejo Deliberante
Diego Videla
S________________/_________________D

De nuestra consideración:
Los abajo firmantes concejales del Cuerpo que Ud. preside y con fundamento en el tema de sumo Interés Público y Urgente (Art. 10 Inc. 5 Reglamento Interno del Cuerpo y el Art. 68° Inciso 5 de la LOM) solicitan al Sr. Presidente convoque a Sesión Extraordinaria a la brevedad, considerando conveniente realizarla el día miércoles 14 de Marzo a las 10 hs, para tratar la grave situación relacionada al tema transito en Pehuajó. Hacemos constar en la presente que en el día de la fecha se presento en proyecto de Decreto al respecto.
Sin más saludamos al Sr. Presidente atte.

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PRONTO DESPACHO FIESTA DE LA MOTO

Pehuajó 12/03/2018
Ref. Solicitud de informes con tratamiento de PRONTO DESPACHO

Sr. Intendente Municipal del Partido de Pehuajó
Pablo Javier Zurro
S--------------------------------/-------------------------------D

Por intermedio de la presente, los abajo firmantes concejales en funciones del Distrito de Pehuajó, solicitamos tenga a bien responder a los requerimientos que enumeramos a continuación, con solicitud de PRONTO DESPACHO con la urgencia y la premura que el caso reviste, todos en referencia a las enorme irregularidades observadas desde el día 8/03/2018 en el marco de la malograda Fiesta de la Moto.

• Remitir a los firmantes en tanto representantes de los pehuajenses, informe detallado del operativo preventivo dispuesto en las calles de la ciudad (cantidad de efectivos, móviles, etc)
• Remitir informe detallado del operativo de salud previsto en la ocasión, tanto en la vía pública como en el Hospital local como centro de recepción de eventuales accidentados.
• Remitir copia de las filmaciones de las cámaras de vigilancia ubicadas en acceso Kirchner, en la zona donde se realizaron picadas que terminaron con la vida de un adolescente pehuajense.
• Información sobre ubicación de los móviles al momento de producirse dichas picadas, teniendo en cuenta que se trataba aparentemente de competencias informales, pero sobre la vía pública, nada menos que un acceso, sin que mediara intervención policial para disuadirla.
• Solicitamos su concurrencia al Honorable Concejo Deliberante junto a los funcionarios que hayan tenido participación en los operativos relacionados al evento, a los efectos de responder a la comunidad a través de sus representantes, cualquier duda que pudiera surgir en relación a la malograda Fiesta de la Moto, y disponer medidas de prevención que garanticen que situaciones como las vividas no vuelvan a repetirse.
Cabe recordar que como concejales en función, va de suyo nuestro derecho e interés legítimo en los términos del artículo 10 de la Ley 7647/70 y modificatorias.
Para todo efecto administrativo, los firmantes establecemos nuestro domicilio constituído en el Honorable Concejo Deliberante de Pehuajó, Alsina 555 (Artículos 24 y 25 Ley 7647/70 y modificatorias Ley 13262, 13708, 14224 y 14229). Así mismo al pie de cada firma se indica el domicilio real de cada uno de los firmantes (Artículo 33 inc. A Ley 7647/70).
Se le recuerda que los plazos establecidos por la mencionada norma para la respuesta al presente pedido de informe administrativo no técnico es de cinco (5) días hábiles contados a partir de su. Por su parte se transcriben los términos del artículo 80 de la misma norma:
“ARTÍCULO 80: El incumplimiento injustificado de los términos o plazos previstos para el despacho de los asuntos administrativos, genera responsabilidad, imputable a los agentes directamente a cargo del trámite o diligencia y a los superiores jerárquicos obligados a su dirección y fiscalización. Según el caso, la gravedad o reiteración de la anomalía, serán aplicables las sanciones previstas en los respectivos estatutos del personal de la Administración Pública.”
Por último, SOLICITAMOS EL PRONTO DESPACHO al presente pedido de informes, y hacemos reserva a nuestro derecho de recurrir al instrumento judicial del amparo por mora, de configurarse a nuestro entender la existencia de resolución denegatoria.
Además de lo aquí expresado, ésta solicitud se ajusta y solventa a lo dispuesto en la Ley provincial 12475 de Acceso a la Información Pública.
Sin más y quedando a la espera de vuestra pronta respuesta, lo saludamos atte.

Marcelo Santilo - Varela 284 María Cruz Ferri - Echeverría 1042

Juliana Sanz - Andrade 1405 Carlos Ruiz Weiss - González del Solar 979

Pablo Lanik - González del Solar 1420 Adriana Pérez - Encina 296

Claudio Fadón - Rosales 185

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